Primeros auxilios durante la actividad
El anexo IV, parte A, apartado 14 del RD 1627/1997 establece que el empresario debe garantizar primeros auxilios por personal con formación suficiente. También contempla evacuación y locales según las características de la obra.
La cifra de 250 trabajadores no es una regla universal
Esta disposición no impone por sí sola un enfermero permanente en cualquier obra al superar ese número. Las necesidades se determinan atendiendo al riesgo, actividad, plan de seguridad y salud y normativa aplicable.
Qué revisar con los responsables de prevención
Plantilla y turnos, distribución de tajos, accesos, recursos asistenciales, comunicación y procedimientos de evacuación. La cobertura de enfermería puede integrarse en esa organización sin sustituir las obligaciones preventivas.
Fuente: RD 1627/1997, anexo IV. La dotación exigible debe valorarse para cada proyecto.
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